Protocolo de Ambientes Laborales Inclusivos (Ley N° 21.690)
¿Qué es y a quiénes aplica?
Este protocolo establece las directrices que garantizan la incorporación y permanencia de personas con discapacidad (o asignatarias de pensión de invalidez) bajo principios de accesibilidad, igualdad de oportunidades y no discriminación. Es de carácter obligatorio para empresas de 100 o más trabajadores y debe integrarse de forma explícita en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS).
Los 5 Pilares Clave para su Implementación
Ajustes Razonables y Accesibilidad
Procedimientos para evaluar y adaptar puestos de trabajo, accesos físicos, entornos digitales y metodologías a las necesidades específicas de cada trabajador.
Selección Inclusiva y Neutra
Garantía de convocatorias, evaluaciones y entrevistas de reclutamiento libres de sesgos, con accesibilidad universal en todas sus etapas.
Desarrollo y Formación Continua
Acceso transparente y equitativo a programas de capacitación, movilidad interna, planes de carrera y promociones profesionales.
Emergencia y Evacuación Adaptada
Planes de prevención de riesgos, sistemas de alerta y vías de evacuación diseñados considerando discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas.
Prevención de la Discriminación
Canales claros de denuncia, contención y resguardo ante cualquier conducta discriminatoria o de acoso en el entorno laboral.
🤝 El valor del trabajo articulado
El éxito de este protocolo requiere una visión integral impulsada por el Gestor de Inclusión Laboral (certificado por ChileValora), la colaboración activa del Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) y programas anuales de concientización para líderes y colaboradores.
💬 ¿Cómo avanza tu organización en la actualización de sus políticas y protocolos de inclusión?
